Artículo de
Sergio Arancibia publicado en EL MUNDO ECONOMÍA Y NEGOCIOS el día 11 de marzo del
2015.
Los llamados
“paraísos fiscales” gozan, indudablemente, de mala fama a nivel internacional,
aun cuando son muchas las personas y las instituciones que recurren a ellos
para mantener allí depositados sus fondos o para crear allí sus empresas, sobre
todo de tipo financiero. Los paraísos
fiscales no son lugares del planeta donde no impere ley alguna, ni donde solo
puedan depositarse fondos que han sido generados en forma ilícita en sus países
de origen. En realidad son, por lo general,
lugares bastante ordenados, con
leyes claras respecto a cómo crear y operar una sociedad, o sobre cómo debe
funcionar un banco. Las características fundamentales de la actividad bancaria
y fiscal en esos territorios – no son ni siquiera países – llamados paraísos fiscales
son el secreto bancario y la baja tasa de impuestos a las ganancias. El secreto
bancario consiste en el hecho de que ni el banco ni la autoridad político administrativa
de esos territorios está autorizada a dar información a nadie - ni a gobiernos
ni instituciones nacionales o extranjeras - sobre quien tiene allí cuentas
bancarias ni sobre cual es el monto de esas cuentas. En otras palabras, más
técnicas, existe una falta total de transparencia. La baja tasa de impuestos se
entiende por si sola: las ganancias que contablemente figuran como tales en las empresas allí localizadas no pagan impuestos
o pagan impuestos bastante más bajos que en el común de los países del mundo
contemporáneo. Por lo menos, impuestos más bajos que en los países con los
cuales esas empresas hacen negocios internacionales.
Mantener cuentas
bancarias en los paraísos fiscales no es
un delito para ninguna persona ni para ninguna empresa. El problema no radica
en la mantención misma de una cuenta bancaria, sino en el ocultamiento de la
misma a las autoridades tributarias de su país de origen. Si un ciudadano – por ejemplo, de Venezuela-
tiene una cuenta bancaria en un banco de las Islas Caimán no comete con ese
mero hecho delito alguno desde el punto de vista ni de la legislación de Ias
Islas Caimán, ni de la legislación de ningún otro país, excepto de Venezuela.
Es más, el delito solo existiría si esa cuenta no está reconocida o declarada
ante las autoridades tributarias de Venezuela. Obviamente - en caso de que esa
declaración o reconocimiento existiese – el paso siguiente es explicar de dónde
provienen esos fondos, y allí las cosas se pueden complicar. Si no se pueden
dar explicaciones coherentes sobre el origen de esos fondos, es dable suponer que
son fondos provenientes de actividades ilícitas, tajes como el robo puro y
simple de las arcas fiscales, el pago de
comisiones por compras o favores recibidos, el narcotráfico, u otras actividades
por el estilo.
Otro asunto
parecido, pero no exactamente igual, es la conformación en los paraísos fiscales
de empresas – personas jurídicas- que prestan dinero, hacen inversiones, o prestan servicios y asesorías de cualquier
naturaleza a gobiernos o empresa situadas en otras latitudes. Los pagos, los
intereses, o las ganancias recibidas por esos servicios se canalizan y se
declaran en el país de origen de la empresa, es decir, en el paraíso fiscal, y
allí no pagan impuestos. Es decir, no pagan impuestos en los países donde las
ganancias se generan – pues allí figuran
como una compra internacional de servicios - ni en el país de origen último de
los capitales correspondientes. Negocio redondo para dichas empresas, y mal
negocio para los gobiernos de loa países – desarrollados o en desarrollo- que
ven disminuidos sus ingresos fiscales posibles por estas prácticas internacionales.
Los paraísos
fiscales han devenido en un problema internacional, por un lado, pues se convierten
en un refugio donde gobernantes corruptos, narcotraficantes, ladrones y delincuentes
de todo tipo obtienen prácticamente inmunidad para el resguardo y el manejo de
sus fondos mal habidos en cualquier rincón del mundo. Combatir esas prácticas
pasa, entre otras cosas, por darle transparencia a esos depósitos internacionales.
Ese es un problema fundamentalmente para los países en desarrollo que están
interesados en sanear sus prácticas políticas, pero hay, indudablemente, otros
gobiernos y gobernantes que verían con preocupación el cambio de las reglas de
juego imperantes en los paraísos fiscales.
Pero también
los paraísos fiscales se han convertido en una molestia para los países y
gobiernos serios del planeta, que ven que sus ingresos fiscales podrían legítimamente aumentar si se ponen a
tributar a todos esos capitales que eluden esa responsabilidad por la vía de
las operaciones desde los paraísos fiscales.
Pero la lucha contra los paraísos fiscales no es fácil. Primero, por el
hecho de que muchos de ellos pertenecen o están bajo la jurisdicción política
de los países más desarrollados de Europa. Tal es el caso, por ejemplo, de la
Islas Caimán, de la isla de Man, de las Islas Turcas y Caicos, de Monserrat, de
las Islas Vírgenes, de Anguila y de las Bermudas, todas las cuales pertenecen al
Reino Unido. Una actitud firme contra el secreto bancario en esos territorios
no sería complicado desde el punto de vista legal, pero sería difícil para los
gobernantes respectivos desde el punto de vista político e incluso geopolítico.
Esos territorios actúan como paraísos fiscales gracias a la protección y el paraguas
que le proporciona en última instancia la autoridad inglesa. Además, no hay que
perder de vista que muchas de las empresas y los capitales que operan desde los
paraísos fiscales son originarios de esos países desarrollados, y tienen
capacidad de presión, de interlocución y
de financiación política en dichos países. En muchos de estos aspectos se hace
presente la tradicional hipocresía de la política europea, que es como el cura
Gatica, que predica pero no practica.
sergio-arancibia.blogspot.com
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