martes, 14 de julio de 2015

COMO PONER A TRIBUTAR A LAS GRANDES EMPRESAS

(Artículo de Sergio Arancibia publicado en EL MUNDO ECONOMÍA Y NEGOCIOS el día 9 de Julio de 2015)


Se ha escrito bastante sobre los trucos que usan las grandes empresas trasnacionales no solo para no pagar impuestos en los países en que operan, sino incluso para no pagarlos en los países de donde son originarios los capitales correspondientes. El problema preocupa y afecta, por lo tanto,  ya no solo a los países en desarrollo, sino que preocupa más aún a los propios países desarrollados, pues allí los impuestos impagos son mayores aun.

Parte importante del entramado de operaciones financieras y jurídicas de las cuales se valen las grandes empresas trasnacionales para esos efectos pasa por la existencia y el funcionamiento de los paraísos fiscales.

Los llamados paraísos fiscales son países o territorios con la suficiente autonomía como para permitir que allí se conformen empresas con  bastante rapidez, las cuales pueden hacer desde allí operaciones financieras que impliquen  mover o recibir capitales desde o hacia cualquier otro país del planeta Tierra, sin pagar impuestos, o pagando impuestos muy bajos, por las ganancias que perciban mediante esas operaciones. A todo ello se agrega una alta cuota de secreto bancario que hace que nadie sepa quiénes son los verdaderos protagonistas de todo ese intenso tráfico financiero, ni cuáles son los orígenes ni los destinos de los fondos  que por allí se mueven.

Sin embargo, las cosas parece que comienzan a cambiar. Pareciera que se está pasando de la fase de  hablar sobre ese tema, a la fase de tomar acciones que efectivamente modifiquen la situación actual. Nadie puede objetar el derecho soberano que tienen esos territorios o países llamados paraísos fiscales como para cobrar o no cobrar impuestos, o para mantener o no el secreto bancario, aun cuando eso genere problemas al resto de los países de la comunidad internacional. Pero igualmente todo el resto de países tienen la autonomía o la soberanía para tomar medidas dentro de su territorio como para evitar los efectos dañinos de la existencia de los paraísos fiscales.

Una de esa medidas que se estudia, por iniciativa de la OCDE, del G-20, de  Estados Unidos, y de varios otros países, es cobrar  -en todos los países que estén dispuestos firmar un tratado en ese  sentido – un impuesto superior al 30 % a todas las transacciones financieras que tengan como contrapartida a bancos o instituciones localizadas en los  países calificados como paraísos fiscales. En esa medida, los movimientos financieros hacia o desde los paraísos fiscales tendrán un impuesto en los países de origen o de destino de esas transacciones, aun cuando sigan no teniendo gravamen alguno en el paraíso fiscal mismo. Es una medida de fácil implementación, que significaría un golpe al riñón de dicho entramado financiero. De allí para adelante muchas empresas verán como “caro” desde el punto de vista financiero el establecerse y operar desde esos territorios que hoy en día son precisamente “baratos” y se incrementarían los ingresos tributarios de muchos países que hoy en día dejan de percibir esos recursos.

Otro mecanismo tradicional - que permite a las grandes empresas trasnacionales colocar las ganancias que obtienen  en sus operaciones planetarias en aquel país que les sea más favorable desde el punto de vista tributario - es el de los precios de transferencia. Este mecanismo, en su esencia consiste en que una empresa localizada en un país determinado le compra insumos, asesorías, consultorías, tecnologías, o cualquier otro bien o servicio, a una empresa localizadas en otro país, pero que pertenece a los mismo dueños o al mismo conglomerado  – en lo posible localizada en un paraíso fiscal - y le paga por ello un  monto mucho más elevado que lo que correspondería de acuerdo a los precios de mercado de los bienes o servicios similares. Con ello las ganancias se reducen en el primer país – evitando así los impuestos correspondientes - y se localizan fácilmente en el segundo, donde los impuestos son cercanos a cero. El tratado que se estudia tiende a permitir a los países imponer precios de referencia obligatorios a ciertos bienes y servicios que se transan internacionalmente entre empresas. Algo similar a lo que existía hace tiempo atrás en Venezuela con las empresas petroleras, que tributaban no de acuerdo a los precios de venta que ellos mismos declarasen, sino de acuerdo a precios de referencia que les imponía el Estado. En el multifacético campo del comercio internacional las cosas serían un poco más complicadas, pero el principio rector sería sumamente útil y daría un grado adicional de poder a los gobiernos de los países donde operan aquellas empresas trasnacionales. Sería, desde luego, un atentado al libre comercio, pero – curiosamente - es un tratado promovido, con sentido pragmático, por los propios países de la OCDE - que se supone es algo así como el club de los países con buenas prácticas de gobierno en el mundo contemporáneo - y respecto al cual ya hay más de 60 países dispuestos a involucrarse en él.

Éstas y otras soluciones similares no son difíciles de concebir. Lo difícil es poner de acuerdo a muchos países para implementarlas de conjunto o al unísono, pues si solo son implementadas por un país en solitario, éste pagaría costos elevados sin ninguna de las ganancias esperadas. Pero como se ha descubierto que los paraísos fiscales no son solo el paraíso de los dictadores, gobernantes corruptos y narcotraficantes de los países en desarrollo sino que son también el sitio de residencia y de operación de muy respetables empresas trasnacionales que escabullen los impuestos de sus países de origen, hay más posibilidades de ponerle el cascabel al gato.  
sergio-arancibia-blogspot.com
















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