viernes, 4 de octubre de 2013

NADIE QUIERE EXPORTAR IMPUESTOS

(Articulo de Sergio Arancibia publicado en TAL CUAL el dia 4 de Octubre de 2013)


Es un principio universalmente aceptado el que las mercancías tienen que ser vendidas internacionalmente por sus costos, incluidos en este concepto la remuneración a todos los factures productivos que participan en la actividad que da origen a la mercancía.  En otras palabras, se incluyen en los costos - o en el valor agregado - las remuneraciones al factor trabajo, los intereses al capital bancario, la depreciación del capital físico, la remuneración a los dueños del capital accionario, el pago a la propiedad intelectual utilizada, etc.
De acuerdo  al Organización Mundial de Comercio, OMC, cuyos tratados y acuerdos están hoy en día suscritos por159 países - incluida Venezuela - no es posible subvencionar o subsidiar el valor de los bienes manufacturados, pues eso se asume como una práctica desleal de comercio, que hace que las mercancías no compitan en el mercado internacional de acuerdo a  sus productividades relativas, sino a las capacidades financieras de los respectivos gobiernos, lo cual cambia totalmente las reglas del juego del comercio internacional. 
Con los bienes agrícolas y pecuarios la situación es diferente. No se ha logrado un consenso internacional en aras de abolir la práctica de las subvenciones agrícolas, que es una política económica ampliamente utilizada en Estados Unidos y en Europa, y en menor medida en muchos otros países del mundo.
Pero así como no se puede bajar artificialmente el precio de venta de una mercancía por la vía de una subvención o subsidio gubernamental, tampoco es licito encarecer artificialmente los bienes destinados a la exportación, o potencialmente exportables, por la vía de impuestos de beneficio fiscal que obliguen a elevar el precio de venta final en los mercados internacionales. La única diferencia desde el punto vista de los compromisos internacionales es que el subsidio está claramente prohibido - para que nadie se tiente de caminar por esa vía - pero los impuestos encarecedores  no los prohíbe nadie, pues se asume que nadie caminará por esa vía, que solo perjudicará a aquel país que se lo impone a sus propias mercancías, con lo cual les resta competitividad internacional.
Los aranceles - es decir los impuestos que se cobran en aduana a los productos importados-  es uno de esos impuestos que encarecen los bienes posteriormente exportados que utilizan los bienes de capital, los repuestos o los insumos importados. De allí que todos los países consideren lícito devolver a los exportadores el pago que éstos hayan realizado por concepto de esos impuestos de importación presentes en los costos de los productos de exportación.   Esa devolución de impuestos de importación es lo que se conoce internacionalmente con el nombre de draw back, y es una práctica internacionalmente permitida, no considerada como una subvención, y una práctica utilizada intensamente por la mayoría de los países interesados en promover sus exportaciones.
NO DEVUELVEN EL ARANCEL
Menos, desgraciadamente,  por Venezuela. En este país, el draw back  - devolución de los aranceles implícitos en los costos de las exportaciones realizadas- está claramente presente como una figura a la cual pueden  apelar los exportadores. Pero el Gobierno dejó de pagar los montos correspondientes desde aproximadamente el año 2005. Las solicitudes de devolución de esos impuestos - basadas en la legislación vigente - sencillamente no las responde nadie, al punto que muchos exportadores han optado por no darse el trabajo de estar haciendo solicitudes, que aun cuando sean un derecho, se entiende que es un derecho que ha sido abolido –de hecho, aun cuando no de derecho- por el presente gobierno y por el anterior.
Como la inmensa mayoría de los países practica y respeta el draw back, las mercancías venezolanas salen al mercado internacional con plomo en el ala: tienen que incluir en sus costos el pago de ese impuesto sobre sus importaciones – y no hay exportación en los tiempos modernos que no tenga algún grado de componente importado – con lo cual su competitividad se reduce en forma  sustantiva. Si el gobierno actual tiene real interés en potenciar las exportaciones no petroleras, debe reponer el draw back en las prácticas tributarias venezolanas, hacer las devoluciones correspondientes en forma rápida - no mayor a treinta días después de formalizada la exportación- y en moneda de libre circulación. En estricta justicia, debería también  honrar las devoluciones pendientes desde hace ya varios años, debidamente actualizadas al valor presente. En definitiva, reponer plenamente en la economía venezolana la idea y la práctica de que las exportaciones no  petroleras son posibles, deseables y necesarias para Venezuela y que ellas necesitan de políticas expresas para hacerse realidad.
sergio-arancibia.blogspot.com    



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