(Artículo de
Sergio Arancibia publicado en EL MUNDO ECONOMÍA Y NEGOCIOS el dÍa 25 de Noviembre
de 2015)
El Acuerdo
Transpacífico, o TPP, por sus siglas en ingles, ha sido inicialmente suscrito
por 12 países de la cuenca del Pacífico, los cuales han llegado a determinados
consensos en materia comercial después de varios años de negociación. En el ámbito americano los países insertos en
esta negociación son Canadá, Estados Unidos, México, Perú y Chile.
Como sucede
con la mayoría de los tratados que se
suscriben a nivel internacional, éste requiere de la aprobación parlamentaria
en todos y cada uno de los países firmantes para que se pueda poner en
vigencia. Así que, por ahora, solo se trata de un acuerdo, o de una declaración
de intenciones - en la cual concuerdan los gobiernos firmantes - pero que no
tiene vigencia, efectividad ni fuerza legal alguna.
Para muchos
sectores – incluso dentro de los propios países que son partes actuales de
dicha negociación - este acuerdo aparece
como la expresión de los intereses del gobierno norteamericano y de las grandes
empresas trasnacionales. Más aun, para muchos de aquellos críticos, cualquier
acuerdo que se firme, en cualquier momento y circunstancia, con Estados Unidos, es una expresión de subordinación
a los más tenebrosos y perversos intereses del imperialismo norteamericano.
La realidad
de las cosas es que el TPP es el resultado de una negociación. En una negociación
cada parte trata obviamente de obtener la mejor posición posible para sus intereses
nacionales. Eso es obvio. Si los intereses de todos los países que se sientan
en esa mesa fueran desde un principio enteramente coincidentes ese acuerdo no
necesitaría negociarse durante varios años, como sucedió con el TPP, sino que se hubiera firmado hace mucho tiempo atrás y
hubieran quedado todos felices. Como en el mundo real y concreto los intereses
de las partes no son coincidentes - o incluso pueden ser inicialmente antagónicos
en algunos aspectos - es que hay que negociar. En una negociación cada uno cede
parte de sus aspiraciones - sobre todo aquellas que son menos trascendentes- para poder conseguir aquello que le es realmente
importante. En otras palabras, todo acuerdo comercial entre dos o más países
tiene costos y beneficios para cada país participante. Al final del día, nadie
está obligado a firmar o a suscribir el acuerdo resultante. Solo firma en la
medida en que llega a la conclusión de que los beneficios de firmar son mayores
que los costos de firmar. Si cree, después de sacar bien sus cuentas, que los costos son muy elevados y los beneficios
son muy modestos, no firma. Así de simple. Ese acuerdo se fue armando de a
poco, inicialmente con pocos países, y después se fueron sumando otros. El que
no estimó conveniente sumarse a esa negociación no se sumó. Y el día de mañana,
el parlamento que no quiera ratificar ese acuerdo no lo ratifica. Es una cuestión
de analizar el interés nacional de cada país y eso lo tiene que hacer cada
parlamento. No cabe, a esta altura de los tiempos, un análisis simplón en el
sentido de que los que firman el acuerdo son lacayos del imperialismo y los que
no firman son países orgullosamente soberanos. Cada país defendió sus intereses,
cedió en algunos puntos, se hizo fuerte en otros, estableció clausulas de
protección en alguno rubros y obtuvo beneficios en otros.
Así por ejemplo,
aun cuando el espíritu general del acuerdo es liberalizar el comercio entre
todos los países firmantes, México obtuvo la posibilidad de poner límites o
cupos a la importaciones de ciertos rubros agropecuarios, en particular de los
lácteos: en leche y crema liquidas el primer año solo entrarán libres de arancel
un monto de 250 mil litros, cantidad que solo aumentará a 375 mil litros en el
año 11 de vigencia del tratado. En materia de quesos solo entrarán 4.250 toneladas,
que aumentarán hasta 6.500 en el decimo año de vigencia del acuerdo. En lo que
respecta al azúcar, solo se permitirán importaciones en la medida que la
producción se muestre insuficiente para abastecer la demanda nacional. El
aceite de palma, que es un producto importante
en la oferta exportable de Malasia, solo podrá entrar a México un monto de 10
mil toneladas en los tres primeros años de vigencia del acuerdo, aumentando
dicha cantidad a 12 mil toneladas
después del tercer año. Se trata, en todos estos breves casos mencionados, de
medidas proteccionistas y/o de postergación del libre comercio encaminadas a
preservar condiciones de menor competitividad para ciertos productos
considerados prioritarios y/o sensibles para México. Situaciones similares se
plantearon por parte de cada país. Las normas de salvaguardia, consagradas a nivel de la OMC, para poder defender la producción nacional en
caso de incremento de las importaciones con grave daño a la producción
nacional, se dejaron claramente ratificadas.
En relación
a la protección para los datos no divulgados de los medicamentos biológicos,
que era un punto muy sensible en las negociaciones, se acordó que el período seria
de 5 años, aun cuando en algunos casos y países ese período se podría alargar
hasta 8 años. Se establecieron normas en materia de licitaciones
gubernamentales y en materia de
legislación laboral, para evitar diversas formas de trabajo forzoso y
facilitar el derecho a sindicalizarse. Hay también en el acuerdo normas relativas
al acceso al comercio por internet.
El alma del
acuerdo es la posibilidad de acceder, unos y otros, a un mercado ampliado,
conformado por más de 800 millones de personas, y que representa un 40 % del PIB
mundial. Acceder a dicho mercado en condiciones de competitividad negociada
tiene características y posibilidades de ser un logro y un beneficio para los
países participantes, aun cuando la competencia siempre implica riesgos y costos.
sergio-arancibia.blogspot.com
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