viernes, 17 de mayo de 2013

LOS PARAÍSOS FISCALES


(Artículo de Sergio Arancibia publicado en ELMUNDO ECONOMÍA Y NEGOCIOS el día 15 de mayo 2013.)



Los países de la OCDE están dando una interesante batalla para forzar a los llamados paraísos fiscales a entregar información sobre las cuentas que allí mantienen personas o empresas provenientes de todo el mundo. Es decir, esas cuentas dejarían de ser cuentas secretas, ocultas o carentes de la más mínima transparencia. De concretarse esas medidas, eso no significaría que esos paraísos fiscales dejen de ser tales, pero cambiarían algunas cosas importantes dentro del sistema financiero internacional.
Para analizar lo relativo a los paraísos fiscales hay que partir por dejar muy claro que el abrir cuentas bancarias en los sistemas bancarios localizados en ese tipo de países, o de establecer empresas que declaran esa localización, no es un delito ni en los paraísos fiscales, ni en los países de origen de esos capitales. El problema radica en que cuando esos capitales son de dudoso origen  -  corrupción pura y simple, robo a las arcas fiscales, sobornos, narcotráfico o situaciones por el estilo – el secreto bancario significa que esos dineros entran en un hoyo negro a partir del cual es muy difícil detectar su origen y su destino. El secreto bancario es vital para todos los capitales que tienen algo que ocultar respecto a su origen, a su monto, o a su destino. Pero cuando esos capitales son de origen legitimo, no tienen problema alguno, excepto cuando quieran ocultar a sus países de origen el monto de las ganancias o de los activos que pertenecen a determinadas empresas o personajes.
Pero eliminar el secreto bancario no elimina el hecho de que las empresas trasnacionales, que actúan en el negocio productivo y/o financiero en gruesa parte del planeta, puedan hacer aparecer sus ganancias en el país que estimen conveniente. A modo de ejemplo, si una empresa localizada en un país X, pero perteneciente a una determinada trasnacional,  contrata créditos a elevadas tasa de interés, con otra empresa perteneciente al mismo grupo pero localizada en el país Y,  puede que elimine sus propias ganancias, pero genera elevadas ganancias contables a la empresa radicada en el país Y. Si el país Y es un paraíso fiscal, la empresa trasnacional terminará pagando menores impuestos en el conjunto de sus actividades mundiales.  Lo mismo se puede hacer con la compra de insumos y con la contratación de asesorías o con el pago de diferentes servicios internacionales. Nada de eso es ilegal, aun cuando sea un sistema perverso. Nada de eso está llamado a eliminarse con el simple expediente de eliminar el secreto bancario. Pero puede hacerse mucho más transparente y estimular a los países a tomar nuevas medidas para regular los costos y los pagos al interior de un mismo grupo trasnacional.
En muchos países los contribuyentes están en la obligación de declarar no sólo las rentas que obtienen dentro del país, sino también las rentas obtenidas en cualquier rincón del planeta, y deben tributar sobre el monto de esa renta mundial. La eliminación del secreto bancario permitiría que los países tuvieran información sobre las rentas que algunos de sus ciudadanos ha obtenido en otros países. En esa medida los individuos no podrían falsear sus declaraciones de renta, ocultando información relevante, ni podrían evadir los impuestos correspondientes.  En ese contexto, adquiere singular importancia el concepto de renta mundial, el concepto de residencia – pues son los residentes de un país los que deben tributar en él de acuerdo a su renta mundial - y los tratados para evitar la doble tributación, pues esos tratados son los que determinan donde y cuando deben ser gravadas las ganancias provenientes de actividades que están localizadas fraccionadamente en muchos países.
Los países desarrollados encabezan hoy en día la lucha contra estos paraísos, preocupados por sus propios problemas fiscales. Pero es indudable que los países en desarrollo obtendrían también importantes beneficios tanto de una redefinición del secreto bancario en los paraísos fiscales, como de adopción del criterio de renta mundial como base para la tributación de sus ciudadanos. 
De aprobarse esta nueva normativa internacional serian muchos los políticos y los empresarios de América Latina, incluida desde luego Venezuela, que tendrían que buscar rápidamente algún otro lugar más discreto donde colocar sus fortunas.

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